CNDH emite recomendación al IMSS por negligencia
Nacional / Nacional / Por: Staff NotiGape
Publicado: 21 de julio, 2020 | 4:15 PM
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 23/2020 al director general del IMSS, Zoé Robledo.
“Dirigimos #RecomendaciónCNDH 23/2020 a @Tu_IMSS, por violaciones a los #DDHH a la protección de la salud y a la vida, por la inadecuada atención médica que recibió una persona en el Hospital General No.47 en #CDMX, que derivó en su fallecimiento”.
La razón, se comprobó que personal del Hospital General de Zona no. 47, omitió considerar el estado integral de un paciente, pues no se agotaron los medios correspondientes, por lo que incurrieron en una falta de atención adecuada y oportuna a su padecimiento de falla renal, ocasionando su deceso.
La enfermedad que padece, ameritaba el procedimiento de diálisis o hemodiálisis, por lo que el padecimiento evolucionó con la imposibilidad de brindar un manejo medico especifico a la patología, contribuyendo en el deterioro del estado de salud del paciente y en su fallecimiento.
“En virtud de que el 12 de junio y 8 de julio de 2019, esta Comisión Nacional recibió la queja mediante la cual se informó que el agraviado, de 76 años, había sido trasladado de la Unidad de Medicina Familiar No. 162 al área de urgencias del HGZ-47 del IMSS, por presentar insuficiencia renal, sin embargo, personal médico cambió su diagnóstico por problemas del apéndice y vesícula, siendo intervenido por el último, y a pesar de encontrarse convaleciente y presentar inflamación de manos y pies fue dado de alta el 13 de junio de 2019 y trasladado a su domicilio, donde al día siguiente falleció”, indicó el organismo a través de un comunicado.
Asimismo, como resultado de las investigaciones, se solicitó al Director General del IMSS que: “en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, conforme a los hechos y responsabilidad que le son atribuidos, se brinde la reparación integral por los daños causados a familiares que acrediten el derecho, que incluya la compensación justa y suficiente con motivo de la mala práctica que derivo en el deceso del agraviado, en términos de la Ley General de Víctimas, y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, otorgándoles atención psicológica y tanatológica; se colabore con este Organismo Nacional en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social”.